Versión de 07/2021
(1) Efectuamos pedidos en transacciones comerciales con empresarios a efectos del art. 14 del Código Civil alemán exclusivamente en base a las siguientes condiciones de compra. En el caso de servicios de construcción, se aplican las disposiciones legales para contratos de construcción en lugar de las condiciones de compra.
(2) No formará parte del contenido del contrato cualquier condición de venta del proveedor que anulemos en general y por adelantado. Tampoco será parte integrante del contrato si la entrega o el servicio del proveedor se efectúa en concordancia con las condiciones comerciales general y recibimos la entrega o el servicio sin oponernos expresamente a esta advertencia.
(3) Si nuestras condiciones no son aceptadas parcial o totalmente por parte del proveedor, deberá notificarlo antes de formalizar el contrato e indicar la regulación no aceptada, en lugar de la normativa deseada. Se reconocen nuestras condiciones de compra para este encargo y los siguientes con la ejecución de nuestro pedido sin la notificación correspondiente. También será el caso aunque se haga referencia a las condiciones comerciales generales del proveedor en una confirmación de un encargo, un albarán de entrega, una factura o cualquier otro documento.
(4) Mientras no se haya estipulado de otro modo, nuestras condiciones de compra constituyen el acuerdo marco para todos los pedidos. Tienen prioridad las condiciones contractuales individualizadas de pedidos individuales, contratos marco, acuerdos de control de calidad y otros contratos establecidos a largo plazo.
(5) No se aplican retribuciones ni compensaciones por servicios del proveedor antes de formalizar el contrato. La elaboración de ofertas, planificaciones, proyectos, modelos, patrones, gráficos, etc. será retribuida únicamente en caso de haberlo acordado expresamente si no se ha efectuado el pedido. En cualquier caso, el proveedor deberá emitir una advertencia por escrito antes de adoptar las medidas de pago y siempre que sea posible, comunicará el importe de los gastos originados con la medida.
(1) Los pedidos solamente son vinculantes por escrito o por télex. Los pedidos por teléfono u oralmente o adiciones a pedidos exigen la confirmación por escrito o por télex.
(2) Si el proveedor no anula la recepción del pedido en el plazo de cinco días laborables, se considerará aceptado.
(3) Cualquier duda con respecto al tipo de ejecución realizada por nuestra empresa deberá indicarse por escrito con fines de demostración.
(4) Los pedidos marco solamente reflejan el precio vinculante y deben permitir la disposición por parte del proveedor. Solamente existe obligación de compra de cantidad prevista si se ha garantizado expresamente. La regulación de adaptación de precios del punto 9 no se aplica en pedidos marco. La adaptación de precios tiene validez exclusivamente en caso de haber superado o de haber quedado por debajo de las cantidades previstas (> 20%).
(5) Las órdenes de entrega son vinculantes con respecto a las cantidades de la orden, siempre que las fechas de entrega estén situadas en las próximas 4 (cuatro) semanas después de la fecha del pedido. Queda autorizado el suministro de la materia prima en plazos de entrega de hasta ocho semanas después de la fecha del pedido. Cualquier otro plazo de entrega estará previsto sin compromiso y servirá únicamente de planificación de la capacidad.
(6) Las órdenes de entrega superiores a la cuarta semana son obligatorias en cuanto a las cantidades de la orden en el transcurso del plazo si el proveedor no recibe ningún tipo de modificación por nuestra parte. Lo mismo se aplica a la obligación de compra de la materia prima en caso de órdenes de entrega superiores a ocho semanas. El plazo máximo de compromiso siempre debe ser idéntico y asciende a cuatro semanas por la orden de entrega para las mercancías solicitadas y ocho semanas para las materias primas.
(1) Cualquier pedido y cualquier formalización de contrato con nuestra empresa deberán ser tratados con confidencialidad. El proveedor deberá hacer referencia a las relaciones comerciales con nuestra empresa solamente con un consentimiento expreso por nuestra parte. También se aplica tras la finalización de la relación contractual.
(2) Las partes contractuales están obligadas a la reciprocidad en cuanto a conservar los secretos confidenciales en todos los pormenores técnicos o comerciales notorios que se hayan observado en el ámbito de la relación comercial de la otra parte contractual.
(3) Si se le encargan al proveedor el desarrollo de la mercancía, la construcción o fabricación de herramientas para la fabricación de mercancías o la fabricación de mercancía debido a los avances, construcciones o herramientas que le hayamos facilitado, el acuerdo de confidencialidad incluirá todos los aspectos de la relación comercial. Los acuerdos de desarrollo, herramientas o confidencialidad regulan casos más detallados.
(1) No estamos obligados a aceptar entregas parciales, variadas o mínimas no acordadas.
(2) A causa de fuerza mayor tenemos derecho a rescindir el contrato total o parcialmente. En estos casos, no le corresponde al proveedor ninguna compensación por daños y perjuicios.
(3) En caso de números de piezas, pesos y dimensiones, los valores indicados por nosotros en el control de entrada de la mercancía son decisivos.
(4) Todas las entregas deben llevar un albarán de entrega adjunto en el que deben indicarse siempre nuestro número de pedido y fecha del encargo, además de otros datos exigidos, tanto si es a cuenta o en otro tipo de correspondencia. Todas las piezas deberán estar señaladas con su cantidad y número de pedido. En caso de entregas de herramientas, deben completarse con el número de proyecto, la designación exacta de la pieza tratada con la herramienta y su número de gráfico.
(5) Las entregas parciales acordadas con el departamento de compras o entregas restantes también deben señalarse por separado.
(6) Si una entrega no incluye los datos exigidos en los párrafos 4 ó 5, podemos devolver el envío por una cantidad determinada o almacenarlo a cuenta del proveedor hasta que el departamento de compras aclare la situación. Cobramos un precio genérico de 50,00 € más IVA por los gastos adicionales en la factura. Nos reservamos el derecho a realizar comprobaciones de gastos superiores. En un caso concreto, el proveedor se reserva el derecho de comprobar los gastos menores o que no se hayan originado.
(7) No admitimos ningún tipo de modificación en el volumen del servicio, a no ser que la corrección en el servicio sea razonable para el proveedor. En el caso de pedidos marco, esta aceptabilidad se tiene en consideración si la fecha de entrega es ocho semanas después de la notificación de modificación recibida. El proveedor deberá indicarnos de inmediato si no le parece razonable la modificación solicitada del servicio y cuáles son los motivos.
(8) Deben adjuntarse los certificados de material (en especial en conformidad con la normativa DIN 50.049/3.1B) o los certificados de pruebas (en especial en conformidad con la normativa EN 10204) en todas las entregas. Siempre que se hayan acordado certificaciones acerca de pruebas individuales de material, constituirán el componente fundamental del servicio. No estamos obligados a aceptar la mercancía sin certificados, documentaciones de pruebas o acreditaciones.
(9) Si las directivas, normativas europeas u otras leyes, prescripciones o disposiciones administrativas exigen un marcado específico, o permisos, certificados, declaraciones de servicios, descripciones de servicios u otro tipo de documentación para comprobar la calidad legal del producto según el orden jurídico alemán, el proveedor deberá cumplir con todos los requisitos exigidos y entregar toda la documentación necesaria en el momento de la entrega de la mercancía (marcada correctamente); y siempre que esté permitido, estará disponible de forma fiable, pública y permanente en la página de Internet. No estamos obligados a aceptar la mercancía que se nos haya enviado sin el cumplimiento de las presentes normativas de marcado y documentación.
(10) Es inadmisible la asignación de nuestros encargos a subcontratistas sin nuestro consentimiento previo expreso.
(11) No se ejercerán derechos de retención por las mercancías, herramientas, modelos o documentación de construcción, o bien por otros materiales necesarios para la distribución de la mercancía, datos o documentos, si ofrecemos una garantía adecuada hasta que se clarifique la diferencia de opinión correspondiente o por el motivo indicado de la retención. La garantía puede efectuarse por medio de un aval bancario ilimitado y fiador de la propia deuda. Si se comprueba que el motivo de la retención efectuada no estaba admitido, el proveedor asumirá los gastos de esta garantía.
(1) Deben tenerse en cuenta nuestras disposiciones de envío con detenimiento. En caso de su incumplimiento, los gastos adicionales o pérdidas serán asumidas por el proveedor. El proveedor es responsable de los daños en la mercancía que puedan haberse originado por un embalaje defectuoso, también en la cesión de riesgos.
(2) Los datos de embalaje y envío son asumidos por el proveedor hasta que llegue al lugar de aplicación indicado en el pedido (lugar de cumplimiento). Están incluidos en los precios del pedido. La entrega se efectúa por DDP (Incoterms® 2010).
(3) La obligación de devolución del embalaje está sujeta a las disposiciones legales. Si se han acordado gastos de embalaje adicionales en casos individuales, el embalaje devuelto deberá ser abonado al proveedor por su valor total calculado.
(1) La entrega se realiza a riesgo del proveedor. El riesgo de envío finaliza con la entrega efectuada al destinatario (DDP Incoterms® 2010).
(1) Si no se anulan los plazos/límites de entrega indicados en el pedido en el plazo de 5 días tras recibir el pedido, consideraremos los plazos especificados por nosotros como vinculantes. En caso de modificaciones posteriores, se acordará un nuevo plazo de entrega.
(2) Los plazos de entrega acordados son vinculantes. Las entregas no deben realizarse con demasiada antelación, ni demasiado retraso. Una entrega con demasiada antelación no implicará un vencimiento anterior del precio de entrega y por elección del proveedor, puede devolverse a su riesgo y costes o almacenarse hasta alcanzar la fecha de entrega.
(3) Las entregas deben estar disponibles en la fecha de entrega en cuestión y en el lugar de aplicación.
(4) Si la entrega o la entrega parcial acordada no se efectúa total o parcialmente en la fecha estipulada, tendremos derecho a rescindir el contrato tras haber superado un plazo razonable de tiempo y no haber obtenido resultados y a solicitar una compensación por gastos y por daños y perjuicios en lugar de recibir el servicio. La fijación de un plazo no exige que en el momento en que se hubiera acordado un plazo de entrega fijo ("just in time"/ "just in sequence", "a tiempo/en secuencia") y el proveedor no pueda ofrecer ninguna medida apropiada para mitigar estas infracciones por interrupción.
(5) Queda intacto el derecho a compensación por cualquier infracción por retraso a causa de una entrega retrasada o por el ejercicio de los derechos estipulados en el párrafo 4.
(6) Mientras se espere una entrega que no sea inevitable, el proveedor estará obligado a comunicarnos una nueva fecha de entrega de inmediato con la misma oferta. Si a pesar del aprovechamiento de todos los gastos adiciones y razonables de aceleración para el proveedor, la entrega se recibe después de 2 semanas a partir de la fecha de entrega acordada, tendremos derecho a rescindir el contrato.
(7) En caso de amenaza de superar el plazo de entrega por motivos ajenos al proveedor, la fecha de entrega se aplazará como corresponde, siempre que el proveedor no haya asegurado una fecha fija. El proveedor está obligado a realizar todos los esfuerzos posibles, a influir en todas las incidencias que puedan causar la falta de prestación del servicio de forma continua, y a reaccionar con rapidez. Deben acordarse con nosotros los gastos adicionales de expeditación.
(8) Si el impedimento tienen una duración superior a dos meses por los motivos estipulados en el párrafo 7, tendremos derecho a rescindir el contrato. Lo mismo se aplica en caso de que ya no podamos ejercer nuestros derechos por los servicios a tiempo debido a un retraso. En caso de rescisión según las presentes condiciones, ambas partes contractuales estarán liberadas de ambas obligaciones de servicios por la parte del contrato que todavía no se haya cumplido sin más consecuencias.
(9) El proveedor asume el riesgo del suministro. Los problemas con el transportista se producirán solamente en caso impedimentos según el párrafo 7, si no es posible cumplir con la obligación de entrega de la mercancía exigida o los servicios a nivel global.
(1) El lugar de cumplimiento es lugar de aplicación indicado en el pedido.
(2) El lugar de cumplimiento es lugar de aplicación indicado en el pedido donde existe la obligación de realizar el servicio. El lugar de cumplimiento de nuestras obligaciones es D-74193 Schwaigern.
(1) Los precios indicados en el pedido son precios fijos. Si no se ha establecido ningún precio en el pedido, el proveedor deberá indicarlo en la copia devuelta del pedido. Un contrato tiene validez una vez se haya aceptado el precio.
(2) Si se modifica el contenido del servicio en retroactivo, básicamente se adaptará el precio a la base original de cálculo relativa a los precios del pedido. Se adaptará el precio en caso de modificaciones en el volumen del servicio (cantidad mínima o variada). El proveedor deberá revelar el cálculo original que aplicó para calcular los gastos mínimos (en general en caso de cantidades variadas) o para justificar los gastos adicionales, siempre y cuando no existieran en el momento de formalizar el contrato con nosotros o se hayan especificado deducciones por cantidades excedentes en el pedido en cuestión o en la confirmación del pedido.
(3) En caso de relación permanente, pedidos marco, contratos de entregas sucesivas con un periodo superior a un año, la revisión de precios se realiza anualmente teniendo en consideración los factores del mercado. En caso de que no se llegue a ningún acuerdo acerca de la adaptación del precio considerada necesaria por una de las partes, la parte solicitante estará autorizada a rescindir el contrato subyacente en un plazo de ocho semanas. Las regulaciones individuales del contrato en cuestión tendrán prioridad.
(1) Las facturas deben emitirse con dos copias e incluirán todos los datos del albarán de entrega. Las facturas que no incluyan estos datos pueden devolverse en una transacción comercial normal en el plazo de 8 días a partir de la recepción de la factura para su complementación, y el importe de la factura no estará pendiente de pago.
(2) Los pagos netos se efectúan 20 (veinte) días después la recepción de la factura con un 3% de descuento, en un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días después de la recepción de la factura con un 2% de descuento, o bien en un plazo de 90 (noventa) días tras su recepción.
(3) Los pagos por adelantado o anticipos acordados se efectúan contra entrega de la garantía. El proveedor puede aplicar la garantía por medio de un aval bancario ilimitado y fiador de la propia deuda. Los pagos por adelantado se autorizan con otro descuento. Equivale al servicio de cada mes entre el pago y la entrega de la mercancía o reducción del servicio en un 1%. La reducción según los párrafos 2 y 3 está limitada a un máximo del 5%.
(4) En caso de defectos o cantidades erróneas, estamos autorizados a retener el importe por triplicado hasta el cumplimiento por parte del proveedor o hasta que se realice el suministro de sustitución a cargo del proveedor, ya que puede que sea necesario para solucionar los defectos o suministrar la cantidad faltante. El derecho de retención no está limitado a la relación contractual en cuestión.
(5) El derecho de pago no deberá cederse a terceros sin nuestro consentimiento.
(1) El proveedor asumirá las garantías que correspondan a todas las entregas y servicios según el estado más novedoso de la técnica, las disposiciones legales pertinentes y las directivas y prescripciones de los organismos, mutuas profesionales y asociaciones especializadas. Se asegurará de que la mercancía cuenta con las características indicadas y estipuladas expresamente o tácitamente en el contrato en el momento de la entrega y que no se presente ningún defecto que pueda perjudicar al uso, consumo o tratamiento de la misma.
(2) Las piezas insertadas deben estar básicamente libres de virutas y otras impurezas. Para ello, deben elaborarse los certificados necesarios de calidad previa solicitud y también se incluirán en las entregas. El proveedor garantiza el uso del material correcto, la exactitud de las medidas del tratamiento a efectos de las tolerancias acordadas y vigentes según el estado actual de la técnica, y la idoneidad del embalaje y del medio de transporte.
(3) El proveedor reconocerá haber establecido un sistema de control de calidad efectivo para sus productos en las comprobaciones de calidad y en los productos finales y lo conservará de forma continua. Si no se ha estipulado de otro modo en casos individuales, el sistema de control de calidad debe cumplir como mínimo las exigencias según DIN EN ISO 9001 en su edición más reciente (en este momento, DIN EN ISO 9001:2015), y se espera un desarrollo continuo según VDA 6.1 e ISO/TS 16949. Si se ha contraído un acuerdo de control de calidad durante la relación comercial, tienen prioridad las condiciones establecidas en el mismo.
(4) Debido a los controles finales realizados por el proveedor, no estamos obligados a supervisar la mercancía entregada. Reclamaremos cualquier daño de transporte o defecto visible de inmediato. Existe obligatoriedad de reclamación y supervisión adicional.
(5) En caso de entregas "just in time" o "just in sequence" (a tiempo o en secuencia), se procesará la mercancía entregada de inmediato sin opción de control. La reclamación se efectuará inmediatamente después de que hayamos observado el defecto.
(6) Sin perjuicio de los derechos de recurso según el art. 478 del Código Civil alemán, el proveedor otorgará la siguiente garantía por la mercancía defectuosa o que no esté en conformidad con el acuerdo pertinente:<br/> Tenemos derecho de elección entre una entrega posterior o rectificación, si el defecto se detecta durante su tramitación o tratamiento. En lugar de una rectificación, tenemos derecho en determinados casos legales y para mitigar las infracciones indirectas, a asumir la reparación de los defectos a cargo del proveedor o a encargárselo a terceros, sin perjuicio de otros derechos. Lo mismo se aplica en caso de que el proveedor no haya subsanado el defecto reclamado en un plazo razonable de tiempo o no lo haya rectificado, ni haya enviado un recambio. Si el proveedor pasa por alto un plazo establecido de 2 semanas para subsanar el defecto, estaremos autorizados a rescindir el contrato y a solicitar una compensación por gastos o por daños y perjuicios, en lugar de la prestación del servicio. Tras haber superado el plazo, no estaremos obligados a asumir dicha subsanación.
(7) En caso de entregas "just in time" o "just in sequence" (a tiempo o en secuencia), tendremos derecho a continuar con nuestra producción o a encargarle a nuestro cliente que adopte las medidas necesarias a cargo del proveedor en el caso de detectar un defecto. El proveedor será informado de inmediato de las medidas adoptadas y deberá cumplir con el resto de medidas para el cumplimiento y subsanación del defecto, de modo que no afecte al proceso de producción y que no se produzca ningún tipo de interrupción.
(8) En caso de relación permanente, pedidos marco, contratos de entregas sucesivas de productos en serie con un periodo superior a un año, el proveedor estará obligado a realizar las entregas y a prestar sus servicios de forma continua y sin defectos (objetivo de cero errores). Deben supervisarse las características fundamentales del producto de forma continua y se documentarán los resultados de los controles. Cualquier causa de error reconocible deberá evitarse por adelantado y se notificará de inmediato en caso de ser una causa de error desconocida. Las causas de errores reconocidas se subsanarán de forma permanente. En todo caso, el proveedor deberá entregar una documentación transparente a nuestro departamento de compras y a control de calidad (informe 8D).
(9) El plazo de prescripción de las reclamaciones por defectos es de 3 (tres) años. Comienza con la entrega en el lugar del servicio o con la aceptación del servicio. En caso de entregas o servicios parciales defectuosos, el plazo comenzará de nuevo con la recepción de dicha entrega adicional o aceptación de la rectificación. El transcurso del plazo será suspendido por nuestra reclamación de defectos. La suspensión de la terminación finaliza un mes después de la negativa definitiva del defecto por parte del proveedor. En los casos del párrafo 8, la suspensión finaliza un mes después de completar el informe 8D. El momento de la recepción en nuestra empresa es decisivo.
(10) El proveedor asume la garantía de que la mercancía entregada esté libre de derechos de terceros. Las advertencias relativas a derechos, reservas a favor de terceros y similares son improcedentes en esta obligación de garantía, si se deben a facturas, albaranes de entrega, confirmaciones, etc. y también lo son en caso de que no nos opongamos expresamente.<br/> Si algún tercero infringe el derecho de protección directamente en contra nuestra o indirectamente por medio de nuestros clientes, el proveedor nos liberará de todos los derechos y abonará los costes del litigio. Además, tenemos derecho a obtener la autorización de las terceras partes a utilizar la mercancía de entrega en cuestión o el servicio por cuenta del proveedor.
(1) El proveedor se compromete a que los productos que haya entregado estén libre de defectos. El proveedor nos liberará en relación interna de los errores que se hayan producido a efectos de la responsabilidad del producto y derivados de las causas que haya expuesto el proveedor. La compensación por daños y perjuicios también incluye los costes de observación del producto o de una avocación cautelar, en caso de que estemos obligados al ejercicio de la misma por ley, jurisprudencia, decisión oficial o instrucción de nuestra aseguradora de responsabilidad del producto.
(2) El proveedor se dará de alta en un seguro de responsabilidad del producto previa solicitud, donde se pueda observar el cumplimiento de las exigencias con fines de uso reconocibles para el proveedor. El proveedor tiene autorización a recibir la información necesaria de nuestra parte para evaluar los riesgos.
(3) El proveedor se compromete a que los productos que haya entregado estén libre de defectos. El proveedor reparará los daños que afecten al producto y que hayan causado nuestros clientes o subcontratistas de forma ilimitada. En particular, el proveedor es responsable de los gastos de establecimiento, clasificación, viajes especiales, desmontaje de la entrega defectuosa y montaje de la siguiente entrega libre de fallos y de la presentación de los requisitos, además de los gastos de acciones por vía rápida según el punto 11, párrafo 7. Siempre que no sea posible evitar las consecuencias negativas en el proceso de producción, el proveedor compensará los gastos adicionales causados por los defectos y originados por la parada ocasionada.
(4) El proveedor es responsable de los daños por retraso a todos los efectos legales. Tenemos autorización parra calcular el 15% del precio de compra neto acordado por una entrega parcial retrasada en caso de no tener comprobante. Se puede aceptar el comprobante de un daño bajo o que no se haya producido y compete al proveedor.
(5) La obligación de compensación por daños y perjuicios por infracción del contrato está sujeta a las disposiciones legales. A causa de las garantías indicadas y del sistema de control de calidad realizado, se presupone la deuda del proveedor en caso de daño. La prueba de descargo es admisible.
(1) Estamos autorizados para compensar las deudas del proveedor, si los vencimientos de las reclamaciones por ambas partes son diferentes o si se han acordado formas de pago diferentes.
(2) También estamos autorizados a compensar con reclamaciones que nos corresponden a las empresas asociadas ante el proveedor. En caso de insolvencia del proveedor, solamente tendrá vigencia si se producen reclamaciones de compensación antes del inicio de la insolvencia.
(1) Todos los modelos, patrones, gráficos, hojas normativas, borradores, datos y otra documentación similar que se ceden al proveedor en un pedido no deben ser utilizados reproducidos o transmitidos a terceros con fines diferentes a los estipulados en nuestros pedidos.
(2) Lo mismo se aplica a modelos, patrones, gráficos, hojas normativas, borradores y documentos similares que haya elaborado el proveedor en base a nuestros datos.
(3) El proveedor está obligado a tratar estos documentos con confidencialidad y a considerarlos secretos de empresa. El proveedor asumirá la responsabilidad por posibles daños que se produzcan por la infracción de esta obligación.
(4) El proveedor se declara dispuesto a entregarnos en cualquier momento todos los documentos que le hayamos facilitado, además de las copias de los mismos que le hayamos solicitado por sus propios medios. Lo mismo se aplica sin solicitud específica en caso de que no se celebre el contrato. El uso ilegítimo implicará una compensación por daños y perjuicios.
(5) La entrega de piezas del mismo tipo a otros clientes del proveedor exige nuestro consentimiento por escrito.
(6) Todos los modelos, patrones, gráficos, hojas normativas y borradores son de nuestra propiedad. Todos los modelos, patrones, gráficos, hojas normativas y borradores elaborados para nuestra empresa son de nuestra propiedad. El proveedor cede todos los derechos de autor para el uso exclusivo e limitado con todos los fines de valoración posibles y la propiedad de todos los objetivos materiales elaborados, documentos y las copias realizadas de estos documentos.
(1) Si se ponen a disposición nuestras herramientas, seguirán siendo de nuestra propiedad. El proveedor es el depositario y está obligado a tratar las herramientas correctamente y con cuidado y a asegurarlas y repararlas por sus propios medios. Las herramientas se deben utilizar exclusivamente en nuestros pedidos. En caso de incumplimiento o de que finalice la relación comercial, tendremos derechos a solicitar las herramientas. Quedan excluidos expresamente los derechos de retención del proveedor con respecto a las herramientas. Si se ha contraído un acuerdo relativo a las herramientas, las regulaciones del acuerdo individual tendrán prioridad.
(2) Si el proveedor adquiere la herramienta o la fabrica y nosotros la abonamos, existe unanimidad acerca de que la propiedad de la herramienta nos será relegada. Lo mismo se aplica en caso de posibles derechos de expectativa de pago y de adquisición de la propiedad, incluyendo los posibles derechos y exigencias adicionales. La cesión se sustituye por la relación de custodia descrita anteriormente como base de la propiedad.
(3) La cantidad de material que hayamos puesto a disposición deberá comprobarse y confirmarse de inmediato en el momento de su recepción. El material dispuesto es de nuestra propiedad. En nuestra calidad de fabricante, siempre nos corresponden el procesamiento y la reestructuración, pero sin obligación ninguna. Si la mercancía se procesa junto con otros valores externos, materiales u objetos que no nos pertenecen, también para un fabricante externo, adquiriremos la copropiedad por el nuevo material en relación con el valor de nuestra mercancía con los valores externos en el momento del procesamiento.
(4) Si nuestra (co) propiedad caduca por conexión, se acordará en este momento que la (co) propiedad del proveedor nos será cedida por el valor unitario y proporcional (valor de factura de los componentes). El proveedor salvaguardará la (co) propiedad sin contraprestación. Como depositario, el proveedor estará obligado especialmente a asegurar la mercancía como corresponde, a tratarla con cuidado y observar que no exista ningún peligro material ni personal. Los posibles riesgos serán cubiertos por seguros en conformidad con la normativa.
(1) Al solicitar o iniciar un proceso de insolvencia por los bienes del proveedor en caso de reclamaciones de cheques o letras, suspensión de pagos, dificultades de pagos, o bien si persigue un acto de conciliación extrajudicial (moratorio), tenemos derecho a rescindir el contrato; aunque ya se haya cumplido el contrato por nuestra parte o por parte del proveedor o de ambos, total o parcialmente, y todavía no se hayan vencido las obligaciones de garantía para el proveedor.
(1) Guardaremos y trataremos los datos personales a los que accedemos en la relación contractual o en el transcurso de la relación comercial en conformidad con la directiva de protección de datos y las normativas pertinentes. En nuestra directiva de protección de datos se estipulan con más detalle.
(1) El proveedor está obligado al cumplimiento de las normativas de actuación en conformidad con la normativa internacional de la Organización Internacional de Trabajo (ILO). La base jurídica está constituida por el código de conducta BSCI vigente en la actualidad y con versión de enero de 2014.
El código de conducta BSCI está basado en las normas básicas de trabajo de la Organización Internacional de Trabajo (ILO).
(2) El proveedor está obligado a comunicarnos los centros de producción de la mercancía previa petición y está de acuerdo con la auditoría de estos centros en caso de que se solicite.
(3) El proveedor fomentará el código de conducta, solicitará y se asegurará de que sus proveedores, contratistas, subcontratistas y transportistas entreguen los materiales, mercancías, servicios, trabajos o productos relacionados con el desarrollo, producción, fabricación o transporte de la mercancía en conformidad con dicho código.
(4) En caso de inicio de un contrato y durante toda la duración de la relación comercial con el proveedor, nuestros empleados no deberán entregar ni recibir ningún regalo para evitar conflictos de interés o de corrupción como base de la competencia desleal. Cualquier infracción tendrá como consecuencia el despido inmediato del empleado. El proveedor debe ser consciente de que la infracción activa de estos principios (delito o soborno de uno de nuestros empleados) tiene como consecuencia la terminación inmediata de la relación comercial.
(5) El proveedor estará de acuerdo con que sus entregas y servicios, además de todas las obligaciones adicionales de declaración, marcado, embalaje, eliminación y documentación se efectuarán en conformidad con la normativa legal y con las disposiciones legales públicas de la República Federal de Alemania y la Unión Europea. El proveedor deberá informarnos de inmediato de cualquier posible infracción del derecho en relación con sus entregas y servicios y nos liberará de cualquier deuda, gasto, coste, multa y otros actos jurídicos adversos resultantes, y de los gastos de la defensa legal.
(1) Se aplica exclusivamente el derecho alemán con exclusión del derecho de compra de la ONU. Si excepcionalmente el proveedor no estuviera constituido como empresario según el art. 14 del Código Civil alemán, se aplicarán las disposiciones legales, en lugar de nuestras condiciones de compra.
(2) El ámbito de jurisdicción exclusivo para ambas partes contractuales es D-74072 Heilbronn/Neckar, también en caso de procesos de documentos, cheques o letras.